Hacia la eliminación de la clase media en España

Una clase media que poco a poco fue accediendo a la compra de vehículo con motor, de televisor, de segunda vivienda en la playa, incluso viviendo de alquiler en la vivienda principal, de acciones de Telefónica – denominadas Matíldes -; disfrutando de una apreciable estabilidad laboral y constituyendo, poco a poco, un patrimonio que le animaba a mantener actitudes moderadas, en lo político, lo social y lo económico.

Nadie discute hoy en día el papel que la economía juega en la estabilidad social y política de las naciones. La clase media se configura principalmente por parámetros económicos, no teniendo por que mantener sus miembros afinidades políticas, religiosas, etc., permitiendo una convivencia que garantiza el interés común, que suele ser el de conservación del patrimonio adquirido.

Pues bien, los dos últimos Gobiernos han arremetido directamente contra la clase media del país. En la línea que constituye su nexo constitutivo: su poder adquisitivo.

El desempleo se ha cebado principalmente en ella, por ser la más numerosa, creando tensiones económicas y emocionales muy fuertes que, a duras penas, no han llegado a estallar.

La subida de las retenciones en el IRPF, el incremento del IBI, tasas municipales, IVA, transporte público, el pago por receta, así como todas aquellas medidas que afectan a las pensiones, etc., inciden principalmente a la clase media.
La clase media es la gran sufridora como asalariada o pequeña empresaria, como contribuyente y como consumidora, de la actual crisis de este país. Su empobrecimiento es el empobrecimiento de este país.
El próximo palo que se dará a la clase media, en detrimento de su economía, pero principalmente de sus derechos constitucionales, será la confiscatoria Ley de Tasas, que entrará en vigor el próximo mes de enero.

No es una Ley igualitaria ya que trata con una menor exigencia a las grandes economías que a las medianas, prueba de ello es que para acogerse a la exención de las mismas, las personas físicas, deberán justificar ingresos, por unidad familiar, inferiores al doble del IPREM (lo ha leído bien, si su unidad familiar supera de ingresos 1.100€/mes, usted tendrá que pagar las tasas), al tiempo que establece un techo máximo a pagar, 10.000€ por actuación; de esta manera cuando estén en juego cientos de millones de euros costarán un poco más que la demanda que interponen los padres de un niño, que sufre graves daños cerebrales, por una negligencia médica, y reclaman una indemnización contra el hospital.

Esta Ley no se limita a actualizar ya que ahora existen tasas muy moderadas solo para empresas, y siempre que superen unas dimensiones mínimas, nunca para personas físicas.
Las Administraciones públicas estarán exentas naturalmente.

Alguien podría decir que esto solo afectará a los profesionales de la “trampa”, y a aquellas personas, de ordinario conflictivas, que hacen del pleito un modo de vida.

Pues no será así, es más si a usted le demandan, para todo lo que no sea la petición de que se desestime la demanda, la llamada “reconvención”, usted – que NO ha buscado el pleito – tendrá que pagar las mismas cantidades que si hubiera demandado.

El proceso verbal, para reclamaciones inferiores a 6.000€, en muchos de los cuales ni siquiera es preceptivo abogado o procurador, tiene la tasa es fija de 150€; esta tasa es disuasoria para las reclamaciones de pequeña cuantía, que son la mayoría de las que contempla el Derecho de Consumo.

El pequeño consumidor acaba de ser entregado, atado de manos y pies, a todos aquellos  que reclaman pequeñas facturas, algunas de contratos inexistentes, por importe de 100€ o 200€; este es un recurso en el que son expertas las compañías telefónicas. Aun cuando usted no deba cantidad que le reclaman, le convendrá pagar, le costará menos que si se defiende judicialmente, y gana.

Pero esta Ley de Tasas es también un apoyo a aquellos que orientan su beneficio con la infracción sistematizada de las normas del Derecho y de la convivencia. Así el vecino que abra una ventana en una zona sin servidumbre de vistas, obligará a la otra parte (comunidad de vecino o propietario individual afectado) a pagar una tasa, del 0,5%, que se calculara valor completo de los dos edificios dividido entre 20.

En tráfico, se acabó, exista o no error, pague la sanción, sin embargo, si usted contamina un rio, pleitee, le costará más o menos lo mismo.

Una vergüenza de Ley que produce unos daños superiores a los costes que genera, institucionaliza las diferencias en el tratamiento legal en función de la capacidad económica del ciudadano.

A los pequeños consumidores nos acaban de convertir en los nuevos proletarios.