En su apartado dos, establece que el déficit estructural no podrá superar los límites establecido por la UNION EUROPEA y por sus ESTADOS MIEMBROS. Conceptos supranacionales en un texto donde, hasta ahora, sólo había referencias nacionales..Con esta modificación en nuestra Constitución se ceden renglones de texto y jirones de soberanía.
Como resumen de su contenido, se limita el déficit estructural y el volumen de deuda en relación con el PIB. Afecta tanto al Estado como a las Comunidades Autónomas y una Ley Orgánica , que deberá aprobarse antes del 30 de Junio de 2012, fijará las limitaciones de déficit y deuda, la metodolgía para el cálculo del déficit estructural y las responsabilidades de las Administraciones Públicas. Actualmente se están trabajando con límites previamente pactados.
Se establecen unas posibilidades de incumplimiento en determinadas circunstancias: “ catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.
Cuando va a empezar a rodar la Legislatura que tiene que redactar la Ley Orgánica que desarrolle el artículo modificado, merece la pena reflexionar sobre algunos temas:
Déficit.. Se regula el uso y se limita el abuso. Pero hay que tener en cuenta que son las situaciones de endeudamiento, por si mismas, las que dan fuerza a los mercados. Esos mercados que solo conocen el abuso. El cumplimiento de lo exigido ¿es garantía de estabilidad?. Mientras que el ataque vaya contra un país sin que haya respuesta colectiva no parece que haya límites que lo impidan….
Circunstancias que permiten superar los límites. Entre otras se encuentran las de recesión y las situaciones de emergencia que escapen al control del Estado. ¿Qué significa escapar al control del Estado? ¿Errores de previsión? ¿Consecuencia de políticas equivocadas?
Apreciación de incumplimiento.. Lo debe ser por la mayoría absoluta del congreso. Ahora bien, esta mayoría ¿no podrá servir de cobertura de medidas legislativas que hayan propiciado la recesión ¿
.
Estas cuestiones se plantean desde la preocupación por lo que está ocurriendo y por lo que pueda ocurrir. Mucha preocupación.