¿Qué es la directiva Solvencia II y como afecta a las aseguradoras?

Su objetivo es regular y supervisar su solvencia y transparencia, entre otras cosas

El próximo 1 de enero de 2016 entrará en vigor la nueva Ley Solvencia II, una medida aprobada por el Consejo de Ministros y que tiene como objetivo facilitar el acceso y el ejercicio de la actividad aseguradora y reaseguradora en la Unión Europea a través de la eliminación de las diferencias más notables en las legislaciones de los Estados miembros y poder así establecer un marco legal para que las entidades puedan trabajar en un mercado único. Pero, ¿en qué se basa esta medida?

El objetivo de esta ley es regular y supervisar la actividad aseguradora y reaseguradora privada comprendiendo diferentes temáticas como las condiciones de acceso y ejercicio, el régimen de saneamiento y liquidación de las entidades, su solvencia y promover la transparencia y el desarrollo de la actividad aseguradora. Lo que pretende la norma es fomentar el libre mercado europeo de las compañías de seguros y velar por que las compañías tengan la suficiente solvencia (capital) para hacer frente a los problemas económicos en los tiempos de vacas flacas y evitar su cierre. Por ejemplo, si ocurre un terremoto en una localidad de Valladolid, y la empresa que tiene que hacerse cargo de ello y solo tiene esa oficina, la pérdida de capital será considerable. Sin embargo, si esa aseguradora tiene otras oficinas en Zaragoza, Málaga y Pontevedra, su solvencia será mayor y la cuantía de dinero perdida no provocará su posible quiebra. Es decir, que con el dinero de distintas aseguradoras bajo el mismo grupo puede tener una solvencia mayor ante los problemas a los que se puede estar enfrentando.

El Ministerio de Economía y Competitividad será el encargado de: autorizar o revocar el acceso a la actividad aseguradora y reaseguradora; autorizar el cálculo de capital de solvencia obligatorio; aprobar normas sobre transparencia y prácticas abusivas; imponer las sanciones a aquellas entidades que cometan infracciones; y autorizar las modificaciones en la estructura de las entidades.

Por otro lado, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones difundirá la información necesaria para asegurarse del cumplimiento de los fines establecidos por la ley y actuará con autonomía funcional en la supervisión de esta nueva ley, y para ello considerará las directrices y recomendaciones de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación. Para ello, elaborará un informe anual en el que se refleje su actividad supervisora y la situación general del mercado de los seguros y las pensiones.

Pero, ¿cómo afecta esta ley a las grandes aseguradoras? En este caso, las compañías de seguros no sienten en tal medida esta reforma, es más, incluso es beneficiosa. Así lo afirma Silvia López, Directora Actuarial de CNP Partners, diciendo que “en términos generales, la implementación de Solvencia II refuerza el gobierno corporativo al propiciar una mayor implicación de toda la compañía, empezando por el Consejo de Administración; potencia también el papel de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), con un nuevo modelo supervisor, y cambia el modelo de gestión de la compañía al poner el acento en el análisis de los riesgos, el impacto de su valoración y el control de los mismos. A su vez, mejora la calidad de la información a utilizar y exige un mayor detalle de la información que se va a suministrar”. Pero esto no es todo, porque “todo ello implica nuevos proyectos internos para su implementación, incluyendo desarrollos informáticos, nuevas herramientas, nuevos modelos organizativos y mayor transparencia”.

Esta nueva ley adaptará un tipo de interés para el cálculo de la provisión de seguros de vida. López dice que “utilizar las curvas de tipos de interés libre de riesgo en el cálculo de los Best Estimate supone modificaciones conceptuales que podrían impactar económicamente en las compañías con respecto al modelo actual de actualización de flujos probables con un tipo establecido”. Sin embargo, estas modificaciones no afectarán al precio de los seguros porque “la curva libre de riesgo es, por lo general y en muchos casos, significativamente inferior a los tipos de interés obtenidos en las inversiones” de forma que puede “verse compensado por los ajustes de asimetrías establecidos en la norma”.

Los aseguradores pueden estar tranquilos porque estas nuevas medidas no afectarán al precio de la póliza porque “al mejorar la solvencia de las entidades, los asegurados se ven más protegidos” debido a que se introduce una “mayor transparencia en la oferta del producto, lo que podría suponer a su vez un cambio en la tipología de seguros tradicionales ofrecidos por las compañías”.

Pero donde sí está causando enfados esta medida es en la Asociación Empresarial del Seguro (Unespa) que pide que este proyecto de ley se tramite lo antes posible para que las compañías puedan pedir la autorización sobre los temas fundamentales y cumplir los plazos que establece la directiva Solvencia II, una tardanza por la que algunas compañías aun no tienen definidos sus parámetros.