La Sala Primera del Tribunal Supremo ha rechazado un recurso de la aerolínea de bajo coste Ryanair en el que pedía que se condenase a la Federación de Consumidores en Acción (Facua) por lesionar su derecho al honor.
Según informaron fuentes jurídicas, la denuncia de Ryanair era por comentarios relativos a que dicha compañía aérea tomaba el pelo a sus clientes e incurría en «estafas» y «fraudes».
La sentencia considera que en este caso prima la libertad de expresión de la asociación sobre el derecho al honor de Ryanair. La resolución mantiene esta premisa pese a considerar que las expresiones de Facua pueden ser «ofensivas si se toman en cuenta aisladamente».
A este respecto, señala que «dejan de serlo (ofensivas) cuando se relacionan con las circunstancias subjetivas y con la indudable relevancia pública o interés general de la materia a las que se refieren».
Como conclusión, considera que estas críticas de Facua tienen «sentido como denuncia de una actuación comercial que ha generado notorias discrepancias en el mercado».
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