Se aprueba la prórroga del Mecanismo RED para la fabricación de vehículos de motor

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El Gobierno, a través del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, ha aprobado un acuerdo por el que se aprueba la segunda prórroga del Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo para el sector de la fabricación de vehículos de motor.

El mecanismo aprobado tenía una duración que se extendía del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025, fecha esta última en la que perdía su vigencia y efectos, con independencia de la fecha de la solicitud de la empresa, y con posibilidad de dos prórrogas de seis meses.

Próximo a finalizar el periodo de vigencia de la primera prórroga, el Ejecutivo ha constatado nuevamente la persistencia de las circunstancias que motivaron tanto su activación inicial como su posterior prórroga. En particular, la pervivencia de las necesidades de recualificación y de acompañamiento en los procesos de transición profesional de las personas trabajadoras del sector, derivadas de los cambios permanentes que continúan afectando a dicha actividad productiva.

De esta forma, el Gobierno ha vuelto a aprobar que las empresas que apliquen este Mecanismo RED se comprometerán a no llevar a cabo despidos, ni individuales ni colectivos, de las personas trabajadoras afectadas por las medidas derivadas de este Mecanismo RED durante los dos años siguientes a la finalización de la vigencia de estas medidas.

Las empresas que quisieran llevar a cabo reducciones de jornada o suspensiones de contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, de las personas trabajadoras afectadas por las medidas derivadas del Mecanismo RED, dentro de los dos años siguientes a la finalización de su vigencia, deberán remitir una comunicación motivada a la Secretaría de Estado de Trabajo y a la Secretaría de Estado de Industria en la que, con un mes de antelación a los efectos de las medidas, se reflejen los detalles del plan industrial y el calendario previsto de reincorporación de las personas trabajadoras a su actividad ordinaria.

Asimismo, las empresas solicitantes deberán acompañar un plan de recualificación de sus personas trabajadoras. Dicho plan debe recoger acciones formativas dirigidas a atender las necesidades reales de las empresas ante el cambio del sistema productivo.

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