Un tribunal de la ciudad japonesa de Nagoya ha dictaminado este martes que es inconstitucional prohibir el matrimonio homosexual en la que es ya el segundo fallo de este tipo emitido por la corte.
Los jueces han indicado que impedir este tipo de uniones va en contra de la Constitución, que estipula la igualdad de hombres y mujeres ante la ley. Así, ha resuelto la demanda presentada por una pareja homosexual de unos 30 años, que pedían una indemnización por parte del Gobierno al considerar que el Código Civil viola la Constitución, que avala la libertad de matrimonio y la igualdad.
Las autoridades del país han señalado, por su parte, que la Carta Magna «no avala el derecho al matrimonio homosexual». Sin embargo, ha rechazado que el Gobierno deba indemnizar a la pareja, según informaciones de la cadena de televisión NHK.
Este veredicto sigue a otro similar adoptado por un tribunal de Sapporo en marzo de 2021, que indicaba que el Código Civil y la ley de registro familiar violan las garantías constitucionales de igualdad ante la ley.
No obstante, otros tribunales de ciudades como Osaka y Tokio indicaron el año pasado que las legislaciones que prohíben el matrimonio ente personas del mismo sexo son constitucionales, si bien algunas cortes han matizado que la inexistencia de un sistema legal que reconozca estos matrimonios refleja en sí «un estado de inconstitucionalidad».