El Gobierno aprueba el anteproyecto para que el sector del seguro se adapte a la directiva sobre solvencia

El Consejo de Ministros aprobó hoy el anteproyecto de Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras con el objetivo de incorporar al ordenamiento jurídico español la Directiva de Solvencia II.

Según informó del Ministerio de Economía y Competitividad, entre las novedades que introduce destacan el nuevo método de cálculo para los requerimientos de solvencia, refuerzo del sistema de gobierno, la unificación de los sistemas de información y un nuevo modelo de supervisión.

En cuanto a las normas de solvencia, se establece un nuevo régimen que garantice que las entidades cuenten con suficiente capital para asegurar que la entidad no quiebre, con una probabilidad del 99,5% y un horizonte temporal a un año.

Para medir la solvencia se exige que la entidad cuente con recursos propios suficientes para alcanzar el capital de solvencia obligatorio, explica el depatamento que dirige Luis de Guindos.

Estos recursos propios se clasifican en tres niveles en función de su capacidad para absorber las posibles pérdidas de la entidad. Además, se admiten como fondos propios, previa autorización de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, fondos propios complementarios siempre que cumplan los requisitos establecidos en la norma.

Con respecto a las normas de sistema de gobierno, se refuerzan los mecanismos actualmente existentes y se establecen normas específicas sobre la honorabilidad y la aptitud de los miembros del órgano de administración y de quienes desempeñan la dirección efectiva.

Además, se fijan cuatro funciones clave: gestión de riesgos, cumplimiento normativo, verificación actuarial y auditoría interna.

El anteproyecto unifica los sistemas de información de las entidades aseguradoras, tanto a sus supervisores nacionales como, indirectamente, a la autoridad europea de supervisión.

Adicionalmente, a partir del 1 de enero de 2016 las entidades deberán hacer públicos sus informes de la situación financiera y de solvencia.

Por otro lado, se refuerza el papel de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones como autoridad supervisora, que verá reforzadas sus funciones y su capacidad de supervisión.

El Ministerio explica también que la norma simplifica las cargas administrativas y facilita el funcionamiento del mercado de la intermediación de seguros, suprimiendo la obligación de registro administrativo de auxiliares asesores.

El texto regula también el denominado ‘mystery shopping’, que contempla la posibilidad de llevar a cabo la supervisión de prácticas de comercialización de las aseguradoras por parte de funcionarios de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, sin necesidad de que se identifiquen previamente.