Debido al desequilibrio entre ingresos, a través de los impuestos, y los gastos que sufre actualmente el Estado Español, el Gobierno ha decidido llevar a cabo una reforma fiscal al considerar que no es posible que este problema se sostenga. Para llevarlo a cabo, se encomendó a un Comité de expertos solucionar el problema fiscal que mantiene España desde hace años.
La reforma debía, coadyuvar al proceso de consolidación fiscal e inducir una mejora de la competitividad de la economía, el incremento del ahorro, el aumento del empleo y la lucha contra el fraude.
Pretendiendo ser neutral, diseña un sistema que traslada la tributación directa a indirecta, contemplando la desaparición o reducción de la mayoría de las deducciones fiscales, lo que supondría un golpe importante para todas aquellas empresas que requieren de estos incentivos para poder llevar a cabo acciones innovadoras y medioambientalmente sostenibles.
Mucho más afectadas se verían aquellas PYMES y empresas de Base Tecnológica y Spin off que requieren de tiempo y medios económicos para continuar con su actividad, para lo que las deducciones fiscales, concretamente las enfocadas en I+D, no son beneficiosas, sino necesarias.
El Comité de expertos, recomendados por la Unión Europea, el Fondo Monetario Internacional y la OCDE, ha planteado su propuesta de reforma fiscal. Algunos de los puntos que se verían afectados por ella son, la supresión de las deducciones por actividades de I+D e innovación tecnológica (IT), por inversión de beneficios, por inversiones medioambientales, por reinversión de beneficios extraordinarios e incluso por creación de empleo.
Finalmente, Dicho Comité, presidido por Manuel Lagares ha presentado el documento no vinculante bajo una gran expectación que, después de las incertidumbres creadas, ha sido rechazada por el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre.
Esta decisión se orienta en la misma línea que las últimas modificaciones fiscales introducidas por el Gobierno a través de la Ley de Emprendedores y su Internacionalización, que promueve actividades de I+D, y que entró en vigor en septiembre del año pasado. En ella se ofrece la posibilidad a las empresas de recuperar los gastos de I+D a través de devoluciones por parte de la Administración, cuando no sea posible su aplicación en el Impuesto sobre Sociedades por insuficiencia de cuota.
Otra de las modificaciones importantes de la nueva Ley es la posibilidad de la reducción en base imponible del 60% de los ingresos derivados de la cesión de know-how a otras empresas. En este caso, y para mayor seguridad jurídica, pueden solicitarse acuerdos previos de valoración, tanto de los ingresos derivados y gastos asociados, como de las propias rentas de su transmisión, a la Administración tributaria.
Lorenzo Álvarez Robles
Consultor Financiación de la Innovación
Alma Consulting Group